Acumulación de ingresos – El Régimen General de Ley establece que las personas morales, a excepción de las sociedades civiles, deberán cumplir las obligaciones fiscales cuando ocurra uno de tres casos: expedición del comprobante fiscal, envío o entrega del bien o servicio prestado y cobro total o parcial del precio pactado.
¿Cuál es el régimen general?
¿Qué es el régimen general? – Es el grupo de cotización dentro del que se engloban los trabajadores asalariados que trabajan por cuenta ajena, o asimilados, Esto incluye a empleados por cuenta ajena o socios trabajadores de sociedades mercantiles, así como a conductores de vehículos turismo dedicados al transporte de particulares, el personal civil no funcionario pero que depende de entidades organismos o entidades públicas, y el personal civil no funcionario que depende de la Administración Local.
¿Cuál es el Regimen General de Ley personas físicas?
Emprendedor, conoce los regímenes fiscales de las personas físicas – Identifica el régimen fiscal al que perteneces. Para fines fiscales, es necesario definir si un contribuyente realizará sus actividades económicas como persona física o como persona moral. En cada caso tiene requisitos y un trato fiscal distinto. Empecemos por conocer a qué se refiere cada concepto:
Persona física
Es un individuo que realiza cualquier actividad económica (vendedor, comerciante, empleado, profesionista, etc.), el cual tiene derechos y obligaciones. Los regímenes para las Personas Físicas se clasifican de acuerdo con sus actividades e ingresos y son:
Régimen Simplificado de Confianza Sueldos y salarios e ingresos asimilados a salarios Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales Régimen de Incorporación Fiscal Enajenación de bienes Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas Régimen de Arrendamiento Intereses Obtención de premios Dividendos Demás ingresos
Como emprendedor es importante conocer los detalles sobre la actividad que planeas realizar y contar con una estimación lo más cercana a la realidad, de los ingresos que puedas tener en un mes y en un año, a fin de identificar el régimen fiscal en que debes tributar.
Los regímenes fiscales que puedes elegir de acuerdo con las actividades empresariales que llevarás a cabo son: Régimen Simplificado de Confianza Pueden inscribirse aquellas personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, siempre que la totalidad de sus ingresos propios de la actividad o las actividades, obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, no excedan de la cantidad de tres millones quinientos mil pesos.
Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas. Este esquema facilita y simplifica el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, al contar con la opción de que las plataformas tecnológicas les retengan el ISR e IVA de forma definitiva y los paguen directamente al SAT, de esta forma ya no realizarán las declaraciones mensuales, en virtud de que las retenciones que les efectúe la plataforma tecnológica tienen el carácter de pago definitivo.
Para que puedan optar por considerar la retención de impuestos que realice la plataforma tecnológica como pago definitivo, sus ingresos en el ejercicio no deben exceder de 300 mil pesos (incluyendo salarios e intereses). Régimen de Arrendamiento Las personas físicas que son dueñas de un bien inmueble como una casa, edificio, departamento, local comercial, terreno o bodega y autorizan a otras personas para que lo utilicen por un tiempo y fines establecidos, a cambio de una cantidad periódica de dinero (renta).
Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales Pueden tributar aquellas personas físicas que obtienen ingresos por actividades comerciales (restaurantes, cafeterías, escuelas, farmacias, etc.), industriales (minería, textil y calzado, farmacéutica, construcción), enajenación de bienes, de autotransporte, sin importar el monto de los ingresos que perciban.
Persona moral
Es el conjunto de personas físicas, que se unen para la realización de un fin colectivo, son entes creados por el derecho, no tienen una realidad material o corporal (no se pueden tocar como tal como en el caso de una persona física), sin embargo, la ley les otorga capacidad jurídica para tener derechos y obligaciones.
¿Qué número de regimen es general de ley?
Clave | Descripción |
---|---|
601 | General de Ley Personas Morales |
603 | Personas Morales con Fines no Lucrativos |
605 | Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios |
606 | Arrendamiento |
¿Qué es Regimen General ejemplos?
El Régimen General comprende a todos los contribuyentes sean personas naturales y personas jurídicas que generan rentas de tercera categoría, no tiene limitaciones por cantidad de ingresos o tipo de actividades por lo que aquí se ubicarán todos los contribuyentes que no cumplen las condiciones o requisitos para estar
¿Cuál es mi régimen fiscal si soy asalariado?
Sueldos y salarios e ingresos asimilados a salarios – Es un régimen fiscal donde personas físicas prestan sus servicios de forma esporádica o temporal. Debido a su actividad, tanto profesional como intelectual, reciben un pago y solamente están obligados, de acuerdo con el SAT, a pagar un solo impuesto, que es el ISR.
¿Cuántos tipos de regimenes hay?
Tipos de regímenes – La firma TPC Group explica que los tipos de regímenes fiscales en México para las personas físicas son cinco: régimen de asalariados, régimen de actividades profesionales, régimen de arrendamiento de inmuebles, régimen de actividad empresarial y régimen de incorporación fiscal. Los regímenes fiscales sirven para tener un mejor control de la recaudación de impuestos.
¿Cuál es el régimen fiscal 616?
Para el caso del régimen fiscal de una persona física registrada en el RFC sin actividades económicas, le corresponde un régimen ‘616 – Sin obligaciones fiscales ‘.
¿Cuáles son los 4 regimenes?
Si eres una persona natural o persona jurídica, que posee o va a iniciar un negocio, debes estar registrado en una de las categorías de los regímenes tributarios de la Sunat. El régimen tributario establece la manera en la que se pagan los impuestos y los niveles de pagos de los mismos.
Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS) | Régimen Especial de Impuesto a la Renta (RER) | Régimen MYPE Tributario (RMT) | Régimen General (RG) | |
---|---|---|---|---|
Persona Natural | Sí | Sí | Sí | Sí |
Persona Jurídica | No | Sí | Sí | Sí |
Límite de ingresos | Hasta S/ 96,000.00 anuales u S/ 8,000.00 mensuales | Hasta S/ 525,000.00 anuales | Ingresos netos que no superen las 1700 UIT en el ejercicio gravable (proyectado o del ejercicio anterior) | Sin límite |
Límite de compras | Hasta S/ 96,000.00 anuales u S/ 8,000.00 mensuales | Hasta S/ 525,000.00 anuales | Sin límite | Sin límite |
Comprobantes de pago que puede emitir | Boleta de venta y tickets que no dan derecho a crédito fiscal, gasto o costo | Factura, boleta y todos los demás permitidos | Factura, boleta y todos los demás permitidos | Factura, boleta y todos los demás permitidos |
Declaración Jurada anual – Renta | No | No | Sí | Sí |
Valor de activos fijos | S/ 70,000.00 Con excepción de los predios y vehículos | S/ 126,000.00 Con excepción de los predios y vehículos | Sin límite | Sin límite |
Trabajadores | Sin límite | 10 por turno | Sin límite | Sin límite |
Último cambio 03 mayo 2022
¿Cómo saber en qué tipo de renta estoy?
Recuerda que para pagar tu impuesto este 2023 debes tener claro cuáles son las categorías de renta según la SUNAT, Esta contribución es anual y la cancelan las empresas y las personas naturales a nivel nacional, Para resolver cualquier duda sobre tu declaración de categoría de renta según la Sunat, puedes consultar la página de la la Superintendencia Nacional de Aduana y Administración Tributaria, que ofrece varios servicios para la población peruana durante el 2023,
¿Cuándo pasar al regimen general?
El Procedimiento Permanente de Transición al Régimen General establece de forma permanente las facilidades para el traspaso del monotributo al Régimen General, y se encuentra vigente desde comienza a regir a partir del 1ero de enero de 2022.
¿Qué es regimen general y simplificado?
¿Qué diferencia hay entre régimen general y simplificado? – Las principales diferencias entre ambos son:
El régimen general acoge tanto a personas naturales como jurídicas, mientras que al régimen simplificado solo pueden pertenecer las personas naturales que cumplan determinados requisitos. Todas las personas jurídicas pertenecen al régimen común sin importar el monto de sus ingresos, mientras que al régimen simplificado las personas naturales deben tener un ingreso inferior a 250.00 euros, En el régimen común es obligatorio facturar, cobrar IVA, declarar y a llevar contabilidad, por su parte quienes se acogen al régimen simplificado no están obligados a ninguna de ellas. No todos los autónomos pueden acogerse al régimen simplificado, ello va a depender de la Orden Ministerial que el Gobierno apruebe cada año, mientras que todas las personas jurídicas deben acogerse al régimen común,
¿Qué significa ser trabajador en regimen general?
Estarán incluidos en este régimen, entre otros: Los trabajadores españoles por cuenta ajena de la industria y los servicios y asimilados a los mismos que ejerzan normalmente su actividad en territorio nacional.
¿Quién tributa en el regimen general?
Régimen del IVA Simplificado – El Régimen Simplificado ya está dentro de los regímenes especiales del IVA, es de aplicación voluntaria y afecta a todos aquellos sujetos pasivos que deban tributar por el régimen de Estimación Objetiva de IRPF (sistema de módulos).
Además, este régimen es compatible con el Régimen de Agricultura, Ganadería y Pesca y el Régimen del Recargo de Equivalencia. Si cumples con las condiciones para poder acogerte a este régimen, los trámites de tus declaraciones del IVA se simplificarán notablemente, ya que pagarás una cuota fija trimestral, independientemente de tus ventas o tu facturación,
Esta cuota fija se calcula con la aplicación de los módulos que Hacienda fija para cada actividad. Y, al final de cada ejercicio, se ajusta la cantidad según el volumen de negocio real.