El derecho a recibir pensión compensatoria – El Código Civil establece que la pensión compensatoria se otorgará en aquellos casos en los que el divorcio provoca un desequilibrio económico en una de las partes, Esto significa que su nivel de vida se tiene que ver considerablemente reducido con respecto al otro cónyuge y con la situación anterior al divorcio.
- Ambos cónyuges se ven igual perjudicados por el divorcio.
- Los dos tienen un nivel de vida parecido al que disfrutaban con anterioridad al proceso de divorcio.
Hay que recordar, por otro lado, que la pensión compensatoria no se puede conceder de oficio. Al contrario, tiene que ser el interesado quien la solicite de forma expresa, y deberá hacerlo en el mismo momento del divorcio o separación.
¿Qué incluye la pensión compensatoria?
La pensión compensatoria es una compensación económica que puede recibir el cónyuge que tras la separación o divorcio haya visto empeorada su situación económica con respecto a la que disfrutaba durante el matrimonio. Su objetivo es compensar el desequilibrio económico que puede provocarse por la ruptura. Ideas clave
- El objetivo de la pensión compensatoria no es igualar los patrimonios de ambas partes después del divorcio o separación, sino compensar o resarcir a quien resulte más perjudicado.
- La pensión compensatoria puede consistir en una pensión temporal o por tiempo indefinido, o como un pago único.
- El obligado al pago de la pensión compensatoria es el cónyuge cuya posición económica tras el divorcio o separación sea significativamente superior a la de la persona que debe recibirla.
- La pensión compensatoria puede establecerse de común acuerdo en convenio regulador o ser determinada por el juez en el proceso judicial de divorcio.
- Debe ser solicitada al inicio del juicio de divorcio por la parte que se sienta perjudicada, no pudiendo establecerse de oficio. En caso de no solicitarla se pierde el derecho a hacerlo en el futuro.
- La pensión compensatoria puede modificarse si disminuye la capacidad económica de quien debe pagarla o si mejora la capacidad económica de quien la recibe.
- La pensión compensatoria se extingue por cesar la causa que la motivó, finalización del periodo fijado, o por nuevo matrimonio o convivencia análoga de la persona que la recibe.
- La pensión compensatoria no se extingue con el fallecimiento del obligado al pago, pero los herederos pueden solicitar su reducción o extinción.
¿Cuándo se puede pedir compensación económica?
¿Hay un plazo para pedir la compensación económica? Sí, tenés que pedirla antes de que pasen 6 meses de la fecha en que se dictó la sentencia de divorcio.
¿Cuando te divorcias tienes derecho a pensión?
La Ley General de la Seguridad Social establece que, en caso de divorcio, el derecho a la pensión de viudedad corresponde a quien sea o haya sido cónyuge legítimo, siempre que no haya contraído nuevo matrimonio o haya constituido una pareja de hecho.
¿Qué porcentaje de pensión le corresponde a la esposa?
Al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1973: 15% por esposa o concubina.10% por cada uno de los hijos menores de dieciseis años.
¿Cuáles son mis derechos si me separo de mi esposo?
Si decides separarte de tu marido, podrías tener derecho al uso y disfrute de la vivienda familiar, al ajuar familiar, a la liquidación de bienes comunes, a una pensión de alimentos «en caso de haber hijos» y además, podrías obtener derecho a la pensión compensatoria.
¿Cuando no procede la compensación económica?
Requisitos de la compensación económica – Ya lo mencionamos en el punto anterior, pero profundizaremos un poco más. La compensación económica no nace porque sí, hay que cumplir 3 requisitos claves:
En primer lugar que se termine el matrimonio, ya sea por divorcio o por nulidad. La compensación NO se paga durante el matrimonio, se paga sólo si este se termina.El segundo punto hace referencia a que el hombre o la mujer haya postergado su carrera profesional o su actividad laboral. Si el hombre o mujer no postergaron su carrera, entonces NO existe la figura de compensación económica.Por último (y de la mano con el punto anterior) la postergación de la carrera u oficio remunerado debe producirse porque el hombre o la mujer se dedicó al cuidado de sus hijos o a las labores del hogar. Atentos a este punto, ya que si la persona dejó de trabajar porque quiso (¡flojo!), entonces no existirá la compensación.
¡Ojo con el primer requisito! Si el matrimonio no se ha disuelto (si no hay divorcio) no existe compensación económica. Lo que se puede hacer en ese caso (cuando aún hay matrimonio) es pedir el pago de una pensión de alimentos entre cónyuges. Estos son los únicos requisitos. NO existe compensación por haber sufrido maltrato, violencia física, abandono, etcétera.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar compensación económica?
La acción para reclamar la compensación económica caduca a los seis meses de haberse dictado la sentencia de divorcio ‘.
¿Cómo se prueba la separación de hecho?
Consecuencias de la separación de hecho – Es obvio que la primera consecuencia de la separación de hecho es la ruptura de la convivencia. También es cierto que sin ninguna acción por las partes el matrimonio seguirá vigente. Pero un cese prolongado de la vida en pareja puede tener repercusiones legales.
Por ejemplo el cese de la convivencia puede llevar a la disolución de la sociedad de gananciales. Las separaciones deben ser reguladas por la vía judicial pues pueden tener efectos legales. El quid de la cuestión es que se pueda acreditar esa separación de hecho. Esto podría tener efectos legales en cuestiones como el derecho a heredar del otro cónyuge.
Del mismo modo pasará con los bienes y deudas que se generen durante esa separación. A pesar de que puede ser que el matrimonio se celebrase en régimen de gananciales esas deudas y bienes serían ya privativos. Nuestro Código Civil recoge no obstante una posibilidad diferente a la separación por la vía judicial.
- Es hacer uso de un notario para dejar constancia de la misma.
- Se puede acudir al Notario para que en escritura pública se de fe de la separación.
- Por lo general esa acción deviene también en la necesidad de convenio regulador donde indicar los efectos de la separación.
- Esta modalidad de separación tiene la condición de que hayan pasado al menos tres meses desde la celebración del matrimonio.
No podrá hacerse uso de la misma si tenemos hijos menores de edad no emancipados. Cuando existen hijos menores o no emancipados al cargo de la pareja es necesario separarse legalmente. El divorcio es la opción a explorar sin ninguna duda.
¿Cuántos años debe estar con su pareja para recibir la pensión?
El vínculo matrimonial con efectos civiles – A la muerte del cónyuge se puede acceder, en principio, a la pensión de viudedad. No se demanda la prueba de la convivencia, ya que esta se presume que existe en el caso de que el vínculo del matrimonio esté en vigor.
Tampoco se pide que se demuestre que existe una necesidad económica para acceder al beneficio. Los cónyuges pueden acceder a la pensión de viudedad con independencia de las rentas que tengan. De hecho, por el momento la pensión de viudedad es compatible con cualquier otra prestación, así como con las retribuciones salariales del beneficiario.
En definitiva, se concede el derecho por el mero hecho de estar casados, sin que se valore ninguna otra cuestión. Es decir, se concede la prestación en caso de matrimonio con efectos civiles.
¿Qué puedo hacer si mi ex no me pasa la pensión?
Demanda civil – Es una opción más rápida en comparación al procedimiento penal. Siendo, además, la vía más recomendada para reclamar ante las instancias judiciales el impago de la pensión de alimentos, ya que si la expareja no paga, el proceso civil es más ágil para poder cobrar la deuda.
Porque realmente ha pagado y lo puede justificar documentalmente Porque tiene un acuerdo privado con la otra parte y lo puede acreditar, o Porque la deuda haya “caducado”, ya que el plazo para reclamar pensiones de alimentos caduca a los cinco años.
¿Qué pasa si uno de los cónyuges no tiene trabajo y se divorcian?
Divorcio y Desempleo – Cuando ambos cónyuges enfrentan un proceso de divorcio, el desempleo de uno de ellos generalmente afectará significativamente los procedimientos. En general, el juez considerará todos los factores para incluir cualquier ingreso imputado que él o ella pueda atribuir a una parte desempleada o subempleada.
- Sin embargo, muchos no buscan intencionalmente dañar el procedimiento debido a la falta de seguimiento del trabajo.
- Sin oportunidades de empleo u otros factores que causen estos problemas, el juez no puede exigir adecuadamente al padre sin custodia u otro cónyuge que pague la pensión alimenticia o la manutención de los hijos.
La autoridad judicial deberá reconsiderar el asunto, y un nuevo proceso de apoyo puede ocurrir más tarde si el empleo se recupera. Si la otra parte trabaja y el individuo no, el juez puede ordenarle al cónyuge que trabaja que pague la pensión alimenticia en lugar de lo contrario.
¿Cómo se reparte la vivienda en un divorcio?
El uso de la vivienda familiar – No hay una única regla sobre cómo repartir la vivienda en caso de separación o divorcio. Lo habitual es que el uso de la vivienda familiar corresponda a los hijos del matrimonio y al cónyuge con quien se queden. Eso es así porque se entiende que el interés familiar que hay que proteger de manera prioritaria es el suyo.
Además, es importante saber que el uso de la vivienda familiar es independiente de su titularidad. Eso significa que el juez puede otorgar su uso a un cónyuge, aunque la propiedad corresponda al otro. Si el matrimonio que se divorcia o separa no tiene hijos, lo habitual es que el uso de la vivienda familiar corresponda a quien tenga la titularidad del inmueble.
No obstante, hay situaciones que pueden resolverse de otra manera, al menos temporalmente, si los cónyuges así lo acuerdan o si hay una autorización judicial en ese sentido. La atribución del uso de la vivienda es independiente del régimen económico- matrimonial de la pareja.
Eso significa que el uso de la vivienda no depende de si había separación de bienes o un régimen de bienes gananciales. Cada circunstancia particular impide tener certezas absolutas sobre en qué sentido dictará sentencia un juez. La negociación personal sí otorga un mayor control a ambos miembros de la pareja sobre el resultado final.
Por eso, los mediadores familiares de Pactio Mediación consideramos que la mediación es un proceso muy interesante para las exparejas que tienen dificultades de llegar a un acuerdo por su cuenta.
¿Qué porcentaje le corresponde al cónyuge?
¿DE QUÉ FORMA HEREDA EL CÓNYUGE SOBREVIVIENTE? – Al cónyuge (bien sea por matrimonio o por unión marital de hecho), a pesar de no ser familiar sanguíneo del difunto, le corresponde el 50% de los bienes del fallecido por tener esa condición. Para repartir los bienes se debe liquidar primero la sociedad conyugal, y el cónyuge puede optar por porción conyugal o por gananciales.
¿Qué debo hacer para cobrar una pensión como concubina?
gob.mx Instituto Mexicano del Seguro Social ¿Eres esposa o concubina de un asegurado o pensionado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y falleció? Puedes solicitar la pensión de viudez. Recuerda que si existen dos o más esposas o concubinas, ninguna tendrá derecho a la pensión. Para el detalle de documentos y requisitos es importante consultar la sección de “Más información”.
Documento requerido | Presentación |
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Solicitud de pensión. Será llenada por el personal IMSS y se entregará para tu firma | |
Identificación oficial vigente | Original y Copia |
Clave Única de Registro de Población (CURP) | Copia |
Comprobante de domicilio | Original y Copia |
Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave | Copia |
Documento en el cual se identifique el número de cuenta y Clave Bancaria Estandarizada, a favor del solicitante para recibir el pago de la pensión | Original y Copia |
Copia certificada del, Acta de Adopción o Reconocimiento* | Original |
Si eres esposa presenta copia certificada de Acta de Matrimonio | Original |
En caso de concubina** presenta copia certificada de la resolución, ejecutoriada emitida por autoridad judicial, que acredite la relación de concubinato o copia certificada de la(s) Acta(s) de Nacimiento, de los hijos que hubieren procreado en común, siempre que ambos hayan permanecido libres de matrimonio durante el concubinato | Original |
ul>* Se podrán recibir las Actas de Nacimiento en línea (formato único), impresa en hoja blanca tamaño carta, la cual será validada. **Para efectos de las prestaciones de la Ley del Seguro Social, sólo a falta de esposa tendrá derecho a recibir la pensión la mujer con quien el asegurado vivió como si fuera su marido durante los cinco años que precedieron inmediatamente a su muerte o con la que hubiere procreado hijos, siempre que ambos hubieran permanecido libres de matrimonio durante el concubinato. Adicionalmente deberás presentar los documentos necesarios relacionados con el asegurado o pensionado fallecido.
Documento requerido | Presentación |
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Cualquier documento o medio de identificación emitido por el IMSS, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) o una Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE), que contenga el Número de Seguridad Social (NSS) y el nombre del asegurado | Original y Copia |
Clave Única de Registro de Población (CURP) | Copia |
Estado de cuenta de la Cuenta Individual | Original y Copia |
Copia certificada de, Acta de Adopción o Reconocimiento* | Original |
Copia certificada de Acta de Defunción | Original |
Se podrán recibir las Actas de Nacimiento en línea (formato único), impresa en hoja blanca tamaño carta, la cual será validada.
Documento requerido | Presentación |
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Cualquier documento o medio de identificación emitido por el IMSS, Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) o una Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE), que contenga el Número de Seguridad Social (NSS) y el nombre del asegurado | Original y Copia |
Copia certificada de Acta de Defunción | Original |
Presencial: Acude a la Unidad de Medicina Familiar o en la Subdelegación de adscripción de 08:00 a 15:00 horas, o en el horario ampliado que determine la Delegación. : gob.mx
¿Qué pasa si no me divorcio?
¿QUÉ PASA SI NO ME DIVORCIO? – Cuando dos personas deciden unir sus vidas mediante la figura del matrimonio, además de las obligaciones y consecuencias que esta trae, deben tener en cuenta que en el caso de que deseen que esta unión finalice se debe realizar el divorcio de lo contrario se podrá incurrir.
Los bienes muebles e inmuebles que adquiera cada uno seguirán constituyéndose como el patrimonio social del matrimonio, es decir, esos bienes ingresarán en la sociedad conyugal hasta que se liquide la misma.Los pasivos adquiridos como deudas y créditos también ingresarán a la sociedad conyugal.Al momento del fallecimiento de uno de los cónyuges, el cónyuge supérstite podrá adquirir por herencia los bienes dejados por el cónyuge fallecido o acceder a la porción conyugal.El cónyuge supérstite podrá solicitar la pensión de sobreviviente al demostrar que no hubo sentencia de divorcio donde se disolvió la sociedad conyugal.Ninguno de los cónyuges podrá contraer nuevo matrimonio sin haber disuelto el anterior vínculo matrimonial.
Recuerda que el divorcio podrá realizarse de mutuo acuerdo ante una notaria; si no es de mutuo acuerdo y desean invocarse las causales de divorcio se deberá realizar ante un juez de la república. ¿Quieres saber más sobre el divorcio? Consulta con Quiceno Álvarez al +57 300 8264204 divorcio matrimonio que pasa si no me divorcio
¿Cómo se dividen los bienes cuando una pareja en concubinato decide separarse?
¿Qué pasa con lo que los concubinos reciben por herencia? – Cuando dos personas hacen el reconocimiento de la unión concubinaria, ingresan bajo el régimen de comunidad de bienes, salvo que pacten otra forma de administración. Por lo tanto, lo que adquieren luego del reconocimiento será la mitad de uno y, la otra mitad, del otro, sin importar quién los compre.
¿Cómo se reparte la vivienda en un divorcio?
El uso de la vivienda familiar – No hay una única regla sobre cómo repartir la vivienda en caso de separación o divorcio. Lo habitual es que el uso de la vivienda familiar corresponda a los hijos del matrimonio y al cónyuge con quien se queden. Eso es así porque se entiende que el interés familiar que hay que proteger de manera prioritaria es el suyo.
Además, es importante saber que el uso de la vivienda familiar es independiente de su titularidad. Eso significa que el juez puede otorgar su uso a un cónyuge, aunque la propiedad corresponda al otro. Si el matrimonio que se divorcia o separa no tiene hijos, lo habitual es que el uso de la vivienda familiar corresponda a quien tenga la titularidad del inmueble.
No obstante, hay situaciones que pueden resolverse de otra manera, al menos temporalmente, si los cónyuges así lo acuerdan o si hay una autorización judicial en ese sentido. La atribución del uso de la vivienda es independiente del régimen económico- matrimonial de la pareja.
- Eso significa que el uso de la vivienda no depende de si había separación de bienes o un régimen de bienes gananciales.
- Cada circunstancia particular impide tener certezas absolutas sobre en qué sentido dictará sentencia un juez.
- La negociación personal sí otorga un mayor control a ambos miembros de la pareja sobre el resultado final.
Por eso, los mediadores familiares de Pactio Mediación consideramos que la mediación es un proceso muy interesante para las exparejas que tienen dificultades de llegar a un acuerdo por su cuenta.
¿Qué pasa si uno se niega a firmar el divorcio?
¿Qué pasa si su esposo(a) nunca firma nada? No importa. Usted aún puede obtener el divorcio. Ningún abogado le puede prometer que le puede dar un divorcio.
¿Qué pasa si me divorcio y no tengo trabajo?
Divorcio y Desempleo – Cuando ambos cónyuges enfrentan un proceso de divorcio, el desempleo de uno de ellos generalmente afectará significativamente los procedimientos. En general, el juez considerará todos los factores para incluir cualquier ingreso imputado que él o ella pueda atribuir a una parte desempleada o subempleada.
Sin embargo, muchos no buscan intencionalmente dañar el procedimiento debido a la falta de seguimiento del trabajo. Sin oportunidades de empleo u otros factores que causen estos problemas, el juez no puede exigir adecuadamente al padre sin custodia u otro cónyuge que pague la pensión alimenticia o la manutención de los hijos.
La autoridad judicial deberá reconsiderar el asunto, y un nuevo proceso de apoyo puede ocurrir más tarde si el empleo se recupera. Si la otra parte trabaja y el individuo no, el juez puede ordenarle al cónyuge que trabaja que pague la pensión alimenticia en lugar de lo contrario.
¿Quién paga el alquiler en caso de divorcio?
? ¿Y si el contrato está firmado por los dos? – Cuando una pareja que vive de alquiler se divorcia, y los dos habían firmado el contrato de arrendamiento, ambos seguirán obligados de cara al arrendador. Todo ello, con independencia de cuál de los cónyuges se quede con el uso de la vivienda, ya sea por mutuo acuerdo o por sentencia judicial.