Días de descanso obligatorio en México para 2022
- Lunes 21 de marzo. Natalicio de Benito Juárez.
- Domingo 1 de mayo. Día de los trabajadores.
- Viernes 16 de septiembre.
- Lunes 21 de noviembre. Conmemoración del 20 de noviembre, día de la Revolución Mexicana.
- Domingo 25 de diciembre. Navidad.
¿Cómo se paga el 1 de mayo si cae en domingo?
El 1 de mayo 2022 cae en domingo. Esta fecha es uno de los días festivos oficiales, de acuerdo a lo que señala la Ley Federal del Trabajo, por lo que las personas que laboren en esta fecha deben recibir una compensación. Lo primero que debes saber es que no habrá puente.
- De acuerdo al Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, el 1 de mayo es descanso obligatorio por lo que pero no se contempla que la fecha se recorra para el primer lunes del mes.
- El 1 de mayo 2022 cae en domingo, así que NO se recorre para el lunes, por no que no habrá puente.
- ¿Cómo se paga el 1 de mayo? La Ley Federal del Trabajo señala que las personas que trabajen en un día festivo oficial deben recibir el pago de su salario más un salario doble.
Es decir, se paga triple. “Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”. Artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo Los días de descanso obligatorio de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo son los siguientes:
1 de enero 5 de febrero 21 de marzo 1 de mayo 16 de septiembre 20 de noviembre 25 de diciembre
Además, porque el 1 de mayo 2022 cae en domingo la empresa debe realizar el pago de la prima dominical. Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.
¿Qué pasa si un trabajador trabaja en su día de descanso?
Cuando el trabajador labore los días de descanso semanal o los días de descanso obligatorio, el patrón deberá pagar al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado.
¿Qué pasa si se trabaja un día festivo?
Es decir, se les deberá de cubrir el salario diario normal más el doble – Tal y como lo marca el artículo 75 de la Ley Federal del trabajo mismo que señala: Artículo 75.- En los casos del artículo anterior los trabajadores y los patrones determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios.
Adicional a lo anterior, si de acuerdo al calendario el día de descanso obligatorio llegará a coincidir con el día de descanso semanal, es decir el día domingo, el patrón deberá de cubrirle al trabajador el pago de la prima dominical que marca el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo el cual señala: Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.Derivado de lo anterior el trabajador recibirá el triple del salario por ese día, más la prima dominical.Las prestaciones señaladas son aplicables para todos aquellos trabajadores que de acuerdo al apartado “A”, rige entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una manera general, todo contrato de trabajo.Para el caso de que labores el día festivo y no se cubra, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo pone a tu disposición los números telefónicos 01800 911 7877 y 01 800 717 2942 para toda la República o escribe al correo, en donde te brindaran orientación de forma gratuita.
: Conoce más en relación al pago de los días festivos.
¿Cuándo se suspende un trabajador se le descuenta el domingo?
Remuneración del descanso dominical no se pierde por suspensión disciplinaria. – Una de las sanciones que el empleador puede imponer a sus trabajadores, es la suspensión del contrato de trabajo. Cuando el empleador comete una falta disciplinaria, el empleador puede suspenderlo uno o más días, y esa suspensión no es otra cosa que la suspensión del contrato de trabajo, y tiene como efecto dos cosas:
Cesa la obligación del trabajador de prestar el servicio. Cesa la obligación del empleador de pagar el salario.
Como consecuencia de la suspensión, el trabajador no puede trabajar la semana completa, impidiendo que se cumpla el presupuesto para tener derecho al descanso dominical, lo que nos llevaría a concluir que pierde ese derecho como consecuencia de esa suspensión.
Sin embargo, el ministerio del trabajo en concepto 62592 de 2010 señaló que: «A su vez, la Sentencia C-386100 de la Corte Constitucional, determinó los alcances y las eventualidades de las facultades subordinantes del empleador, en los siguientes términos: «Se destaca dentro del elemento subordinación, no solamente el poder de dirección, que condiciona la actividad laboral del trabajador, sino el poder disciplinario el empleador ejerce sobre éste para asegurar un comportamiento y una disciplina acordes, non los propósitos de la organización empresarial y el respeto por la dignidad y los derechos de aquél,,2.2, En la sentencia C-299198, la Corte a propósito del análisis de la constitucionalidad del numeral 3 del literal a), del’ art.62 del’ C.S.T., se refirió a la subordinación la-oral como elemento esencial del contrato de trabajo, en los siguientes términos.
La subordinación, a la que está sujeto el trabajador en el contrato de trabaje rige solamente para los efectos propios que se derivan de la relación laboral, es decir, para el cumplimiento de la actividad, servicio, o labor contratada y que, como se expresó, permite al empleador dar órdenes, dirigir al trabajador, imponerle reglamentos, o sancionarlo disciplinariamente.,.» El ministerio parte de que la facultad sancionatoria del empleador está fundamentada en su poder subordinante frente al trabajador, para afirmar que: «En conclusión, la sanción disciplinaria se realiza en virtud del ejercicio de las facultades subordinantes, por lo tanto se puede concebir como una de las disposiciones del empleador y al estar contenida en el numeral primero del artículo 173 del CST, justifican la inasistencia del trabajador en los días de suspensión disciplinaria; luego persiste la obligación del empleador de remunerar el descanso dominical con el salario ordinario de un día.» Aquí el argumento no es la existencia de una doble sanción por un mismo hecho, que bien podría argumentarse que existe, sino que el presupuesto para perder el derecho al descanso dominical no se cumple, pues la ausencia del trabajador se debe a la decisión o disposición del empleador, en consonancia con la norma que dice: « o que, si faltan, lo hayan hecho por justa causa o por culpa o por disposición del empleador.» La norma dice que, si el trabajador no labora la semana completa por disposición del empleador, conserva el derecho a la remuneración del descanso dominical, y en este caso el trabajador no trabaja la semana completa por disposición del empleador, que decidió sancionarlo e impedirle que trabajara la semana completa.
En este caso no se puede argumentar que la culpa fue del trabajador den vista que a si este no hubiera cometido la falta no hubiera sido suspendido, pero si bien es cierto que incurrió en la mentada falta, esa falta ya fue sancionada con la suspensión y no puede sancionarse nuevamente con la pérdida del descanso dominical.
Distinto es cuando la sanción no es la suspensión sino el descuento de salarios por no trabajar, pues ese hecho no es una sanción, ya que simplemente el trabajador no devengó el salario por no haber trabajado, así que en tal situación sí procede el descuento del descanso dominical al no configurarse la doble sanción por el mismo hecho.
¿Cuánto vale un domingo de trabajo?
Un domingo laborado por el trabajador vale el 175% del salario diario del trabajador, es decir, 1.75 veces el salario diario del trabajador.
¿Cuántos días de vacaciones por año?
Toda actividad laboral requiere de una pausa para tomarse un respiro, aclarar la mente y regresar con la mejor energía. De este principio surge el concepto de vacaciones, una prestación obligatoria que una empresa tiene que proporcionarle a sus empleados por su trabajo.
- El número de días de vacaciones varía en cada país.
- En el caso de México antes correspondían 6 días de descanso por el primer año de trabajo, ahora, gracias la nueva reforma de vacaciones dignas, aumentaron a 12 días el mínimo de vacaciones por año laborado.
- Este nuevo ajuste en los días de vacaciones ha sido objeto de preguntas, unas de ellas son ¿cuántos días más corresponden por antigüedad y cómo funcionará el goce de los descansos? Continúa leyendo y aprende qué dice la Ley Federal del Trabajo (LFT) sobre esto.
De acuerdo con la LFT, a partir del 2023, los empleados tienen derecho a disfrutar un mínimo de 12 días de vacaciones tras su primer año laborado. Después del segundo y hasta el quinto año de trabajo se adicionan 2 días más hasta llegar a 20 días de vacaciones.