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Que Castiga La Ley Olimpia?

Que Castiga La Ley Olimpia
Es un conjunto de reformas legislativas que reconoce la violencia digital como un tipo de delito y se sanciona con multas económicas o penas de cárcel para quien viole la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales (ciberviolencia).

¿Cómo se castiga legalmente en México el acoso cibernético?

Que Castiga La Ley Olimpia Ciberacoso La Ley Olimpia es un avance contra la violencia digital; sin embargo, aún queda mucho camino por recorrer, pues en ella se deja fuera la posibilidad de castigar el acoso, la extorsión, el desprestigio o las amenazas, explica Experta CETYS El uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) es indispensable para la vida cotidiana, pues se trata de herramientas que simplifican y eficientan las tareas. Que Castiga La Ley Olimpia “Al carecer de un marco normativo afianzado para el uso de las TIC, se han generado nuevas formas de violencia contra los derechos humanos de las mujeres y de las niñas”, señaló la Mtra. Amanda Real, docente de tiempo completo en la Escuela de Derecho de CETYS Universidad Campus Mexicali.

Si bien, no existe un consenso en la conceptualización del término violencia digital, la Organización de las Naciones Unidas a través de su comité para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de la Mujeres, conocida también como ONU Mujeres, recientemente definió a esta conducta antisocial como aquella que se comete y expande a través de medios digitales como redes sociales, correo electrónico o aplicaciones de mensajería móvil, y que causa daños a la dignidad, la integridad y/o la seguridad de las víctimas.

“Nuestro país no ha sido ajeno a este tipo de conductas ilícitas, son alarmantes las cifras que proporciona el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) a través del Módulo sobre Ciberacoso (Mociba), donde se señala que en el 2020 de 17 millones de personas usuarias de internet de 12 años de edad o más, 21% afirmaron haber vivido alguna situación de acoso cibernético, de las cuales 9.4 millones eran mujeres, cuyo grupo de mayor riesgo es el de 20-29 años de edad”.

Aunque es amplio el espectro de las formas posibles de atentar contra las personas ejerciendo violencia digital, en México se ha dado impulso para combatirla a través de la adecuación de la ley motivada por la activista Olimpia Coral Melo Cruz, quien después de haber sufrido el impacto de la exposición de su imagen íntima sin su consentimiento, se encontró con una nula protección legal, iniciando así su lucha por impulsar la creación de una normatividad adecuada.

¿En qué casos es aplicable esta legislación? La conocida como Ley Olimpia comprende reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal Federal, así como su reconocimiento en las legislaciones de 29 entidades federativas.

Difundiendo Revelando Transmitiendo Reproduciendo

imágenes o audiovisuales con contenido pornográfico sin consentimiento de las personas involucradas. El castigo para quien cometa este tipo de conductas, es la prisión de seis meses a tres años y de doscientos a quinientos días de multa. También se señala como agravante cuando exista ánimo lucrativo en la revelación de este tipo de contenido.

“La penalización de estas conductas es un gran avance hacia la lucha contra la violencia digital, sin embargo, aún queda mucho camino que recorrer en ese sentido, ya que este precepto protege imágenes de contenido pornográfico dejando fuera la posibilidad de castigar otras formas de violencia digital que no implique la revelación de contenido íntimo, tales como el acoso, la extorsión, el desprestigio, las amenazas, entre otras”, concluyó la docente.

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¿Qué tipo de violencia es el grooming?

¿Qué es el grooming ? – Grooming es el acoso sexual de una persona adulta a una niña, un niño o un adolescente por medio de internet. Las personas que realizan grooming se llaman groomers o acosadores. Volver al índice

¿Cuántos años le dan a una persona por acoso?

¿Cuál es la pena del delito de acoso? – La pena del tipo básico del delito de acoso es de 3 meses a 2 años de prisión o multa de 6 a 24 meses.

¿Cuántos años de prisión por acoso?

Por unanimidad (381 votos a favor) la Cámara de Diputados aprobó reformas al Código Penal Federal con el objetivo de tipificar el acoso y el ciberacoso sexual y castigar estas conductas con penas de hasta seis años de prisión ; además, endurece las sanciones por hostigamiento sexual.

¿Cuándo se considera acoso a una persona?

¿En qué consiste el delito de acoso? – El delito de acoso se produce cuando una persona persigue, molesta, vigila, busca la cercanía física o los contactos con otra persona de forma insistente y regular y sin que tenga autorización para hacerlo o la persona que está siendo seguida desee esta situación.

  • Además, estas acciones deben provocar en la víctima alteraciones en el normal desarrollo de su vida cotidiana,
  • Las conductas del acosador pueden consistir en vigilancia, persecución, o búsqueda de contacto o cercanía física de forma insistente.
  • También se le conoce como delito de stalking,
  • Podría entenderse como legítima autorización la que tienen los padres sobre sus hijos menores o dependientes, o por ejemplo las acciones de averiguación o inspección de los cuerpos y fuerza de seguridad o de los funcionarios públicos.

Obviamente, circunscrito al respeto de los derechos fundamentes y demás normativa legal. Por ejemplo, un inspector de Hacienda que en el ejercicio de sus funciones, solicite de forma reiterada cierta documentación, o un agente de policía que en el ámbito de actuación de protección de una víctima, se persone con regularidad en la vivienda del agresor, no estaría cometiendo delito de acoso alguno.

  • Antes de la reforma del Código Penal español de 2015 no existía el delito genérico de acoso,
  • Estaba tipificado solo el acoso circunscrito al lugar donde se daba, por ejemplo, acoso laboral, acoso escolar o el acoso sexual que daban lugar a regulaciones específicas.
  • El acoso está tipificado como delito en el artículo 172 ter del Código Penal,1.

Será castigado con la pena de prisión de tres meses a dos años o multa de seis a veinticuatro meses el que acose a una persona llevando a cabo de forma insistente y reiterada, y sin estar legítimamente autorizado, alguna de las conductas siguientes y, de esta forma, altere el normal desarrollo de su vida cotidiana: 1.ª La vigile, la persiga o busque su cercanía física.2.ª Establezca o intente establecer contacto con ella a través de cualquier medio de comunicación, o por medio de terceras personas.3.ª Mediante el uso indebido de sus datos personales, adquiera productos o mercancías, o contrate servicios, o haga que terceras personas se pongan en contacto con ella.4.ª Atente contra su libertad o contra su patrimonio, o contra la libertad o patrimonio de otra persona próxima a ella.

  1. Cuando la víctima se halle en una situación de especial vulnerabilidad por razón de su edad, enfermedad, discapacidad o por cualquier otra circunstancia, se impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años.
  2. Artículo 172 ter del Código Penal Aquí el Código Penal lo que hace es describir una serie de conductas que cuando se realizan de forma insistente y perturban la vida cotidiana de la víctima, se convierten en un delito de acoso.
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Los siguientes puntos del 172 ter recogen tipos especiales o agravados: Cuando la víctima se halle en una situación de especial vulnerabilidad por razón de su edad, enfermedad, discapacidad o por cualquier otra circunstancia, se impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años.2.

Cuando el ofendido fuere alguna de las personas a las que se refiere el apartado 2 del artículo 173, se impondrá una pena de prisión de uno a dos años, o trabajos en beneficio de la comunidad de sesenta a ciento veinte días. En este caso no será necesaria la denuncia a que se refiere el apartado 4 de este artículo.3.

Las penas previstas en este artículo se impondrán sin perjuicio de las que pudieran corresponder a los delitos en que se hubieran concretado los actos de acoso. Artículo 172 ter del Código Penal El acoso se puede manifestar de diferentes maneras, A veces la conducta consiste en que el acosador vigila, espía, persigue y busca la cercanía física con la víctima, persiguiéndola en cualquier lugar, a toda hora y en cualquier circunstancia.

Pero también puede darse cuando el acosador busca hacer contacto con la víctima de manera reiterada y regular a través de otros medios como el teléfono, el correo electrónico, las redes sociales, o a través de otras personas. Es decir, cualquier mecanismo de comunicación que el acosador encuentre como vía para comunicarse de manera insistente con la víctima.

Con el uso extendido de las redes sociales y los servicios de mensajería han proliferado nuevos medios por los cuales una persona puede ser acosada. El delito de acoso regulado en el artículo 172 ter CP es un delito de resultado, pues se exige que los actos en que consiste el acoso produzcan en la víctima una afectación grave al desarrollo de su vida cotidiana o a algún aspecto de su libertad de obrar.

  • Por tanto, para que el Tribunal condene a la persona acusada por este delito es necesario probar la grave afectación en la vida de la víctima.
  • Para valorar si la alteración es o no grave y, por tanto, de relevancia penal, se parte del estándar del hombre/mujer medio/a, aunque matizado por las circunstancias concretas de la víctima, que habrán de ser también valoradas.

Por otro lado, no se exige que la víctima tenga la seguridad de que el acosador va a dar un salto cualitativo en su actitud ilícita, procediendo a un escenario más grave, basta con que se plantee esa posibilidad, por mínima que sea y que dicho planteamiento ocasione el desasosiego que altere gravemente su vida cotidiana.

  1. Tampoco se exige que esta afectación a la cotidianeidad de la víctima se refiera a todas las esferas de su vida, sólo que el acoso provoque un “cambio diferencial entre el antes y el después”.
  2. Los Tribunales tampoco exigen planificación de los actos de acoso del acosador, basta con que se trata de una “metódica secuencia de acciones”.
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Arturo González, socio fundador de Dexia Abogados, abogados penalistas en Madrid

¿Qué dice el artículo 199?

Artículo 199 Quintus: Comete el delito de esterilidad provocada quien sin el consentimiento de una persona practique en ella procedimientos quirúrgicos, químicos o de cualquier otra índole para hacerla estéril.

¿Cuándo se legalizo la Ley Olimpia en México?

La Ley Olimpia. – Desde 2014, la activista comenzó a impulsar reformas a los códigos penales de distintos estados que fueron nombradas como “Ley Olimpia”, misma que entró en vigor en la Ciudad de México el 22 de enero de 2020, tras ser aprobada por el Congreso local.

  1. Al Código Penal capitalino se agregó el delito contra la intimidad sexual, así como su sanción de cuatro a seis años de prisión, así como una sanción de 500 a 1000 Unidades de Medida y Actualización –equivalentes a entre 44,810 y 89,620 pesos– a quien difunda contenido íntimo sin consentimiento.
  2. El Artículo 181 Quintus del Código Penal de la CDMX afirma lo siguiente: Quien exponga, distribuya, difunda, exhiba, reproduzca, transmita, comercialice, oferte, intercambie y comparta imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona, a sabiendas de que no existe consentimiento.

La misma sanción se aplica para quien grabe o produzca imágenes o audios reales o simulados de contenido sexual íntimo de una persona sin su autorización o bajo engaño. Las penas se incrementan una mitad en los casos en los que exista una relación familiar, de pareja, confianza, educativa o laboral, así como cuando sea cometida por un servidor público o cuando la víctima sea de un grupo vulnerado como personas con discapacidad o en situación de calle.

¿Qué se puede hacer cuando te acosan por Internet?

UNICEF: – Si te están acosando en línea, hablar con un adulto de confianza –alguien con quien te sientas seguro(a) al hablar de este tema– es una de las primeras cosas que debes hacer y también una de las más importantes. Hablar con los padres es difícil para algunos jóvenes. Pero hay maneras de facilitar la conversación, como por ejemplo eligiendo un momento en que sepas que te van a prestar toda su atención y explicándoles lo grave que es para ti ese problema. Recuerda que es posible que ellos no estén familiarizados con la tecnología, por lo que tendrás que ayudarles a comprender lo que está sucediendo. Es posible que no te puedan ofrecer soluciones de inmediato, pero con seguridad querrán ayudarte y juntos podrán encontrar una solución. ¡Dos cerebros siempre funcionan mejor que uno! Si sigues dudando de lo que conviene hacer, podrías hablar con otras personas de confianza, ¡Hay más gente de lo que crees que se preocupa por ti y que está dispuesta a ayudarte! > Volver al inicio