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Que Es El Regimen General De Ley?

Que Es El Regimen General De Ley
Acumulación de ingresos – El Régimen General de Ley establece que las personas morales, a excepción de las sociedades civiles, deberán cumplir las obligaciones fiscales cuando ocurra uno de tres casos: expedición del comprobante fiscal, envío o entrega del bien o servicio prestado y cobro total o parcial del precio pactado.

¿Qué es régimen general de Ley?

Orientación

A ¿Qué es el Régimen General? Es aquel que se aplica a las sociedades que realicen actividades lucrativas, como son las sociedades mercantiles (sociedad anónima, sociedad de responsabilidad limitada), sociedades civiles, instituciones de crédito (casas de bolsa y bancos) y organismos descentralizados que comercialicen bienes o servicios.

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A ¿Cómo sé si pertenezco al Régimen General? Si tienes una sociedad mercantil, sociedad o asociación civil, sociedad cooperativa de producción, institución de crédito, de seguros y fianzas, un almacén general de depósito, arrendadora financiera, unión de crédito y sociedad de inversión de capitales, eres un organismo descentralizado que comercializa bienes o servicios, o fideicomiso con actividades empresariales y realizas actividades lucrativas, entonces perteneces a este régimen.

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A ¿Qué es el Régimen General? Es aquel que se aplica a las sociedades que realicen actividades lucrativas, como son las sociedades mercantiles (sociedad anónima, sociedad de responsabilidad limitada), sociedades civiles, instituciones de crédito (casas de bolsa y bancos) y organismos descentralizados que comercialicen bienes o servicios.

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A ¿Cómo sé si pertenezco al Régimen General? Si tienes una sociedad mercantil, sociedad o asociación civil, sociedad cooperativa de producción, institución de crédito, de seguros y fianzas, un almacén general de depósito, arrendadora financiera, unión de crédito y sociedad de inversión de capitales, eres un organismo descentralizado que comercializa bienes o servicios, o fideicomiso con actividades empresariales y realizas actividades lucrativas, entonces perteneces a este régimen.

Orientación

¿Qué regimen debo tener si soy asalariado?

Cuando solo va a recibir sueldos o salarios, entonces, el sistema del SAT lo registra bajo el Régimen de Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios y listo, con esta inscripción, tendrá su RFC bajo ese régimen fiscal.

¿Qué actividades no pueden estar en el regimen general?

Si perteneces al RER, no podrás desarrollar estas actividades:

Construcción. Transporte de carga de mercancía si tus vehículos tienen una capacidad de carga igual o mayor a 2 Tm (dos toneladas métricas). Transporte terrestre nacional e internacional de pasajeros. Organizar cualquier tipo de espectáculo público. Actividades de notario, martillero, comisionista y/o rematador; agente corredor de productos, de bolsa de valores u operador especial que realiza actividades en la Bolsa de Productos; agente de aduana; intermediario o auxiliar de seguros. Negocio de casinos, tragamonedas y/u otros de naturaleza similar. Agencia de viaje, propaganda y/o publicidad. Venta de combustibles líquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos (gasolina, kerosene, combustible para aviación, combustible de uso marino, diesel, combustible residual, asfaltos y breas, insumos químicos, solventes, lubricantes, etc.) Venta de inmuebles. Realizar servicios de depósitos aduaneros y de terminales de almacenamiento. Actividades de médicos y odontólogos. Actividades veterinarias. Actividades jurídicas. Actividades de contabilidad, teneduría de libros y auditoría, y consultoría fiscal. Actividades de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de consultoría técnica. Programación o consultoría informática y actividades conexas; actividades de servicios de información; edición de programas de informática y de software en línea y reparación de ordenadores y equipos periféricos. Actividades de asesoramiento empresarial y en materia de gestión. Obtener rentas de fuente extranjera.

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Último cambio 09 abril 2023

¿Cuánto se retiene a un regimen general?

¿Cómo funcionan las retenciones en el régimen RIMPE? – A los contribuyentes RIMPE Emprendedores, que facturen las actividades sujetas al régimen rimpe, se les retiene el 1% con el código 343, Otras retenciones aplicables con el 1%, independientemente de que sea un bien o servicio.

  • En cuanto a la retención del IVA, se realiza de la misma forma que en el régimen general, 30%, 70% de acuerdo al bien o servicio, o incluso 100% si el agente de retención es una entidad pública.
  • A los contribuyentes RIMPE Negocio Popular no se aplicará la retención, siempre y cuando las actividades que facturen estén sujetas al régimen rimpe.

Los contribuyente RIMPE negocio popular no se les retiene el IVA, porque no lo desglosan. En el caso que realicen factura por actividades excluidas del régimen RIMPE, desglosando el IVA, serán sujetos de retención de acuerdo al régimen general, del IVA y la renta. Que Es El Regimen General De Ley Cuando un contribuyente de regimen RIMPE factura actividades (excluyentes) que no estan sujetas al regimen rimpe:

  1. Debe realizar factura y debe desglosar el IVA en la factura.
  2. Se le aplican las retenciones correspondientes a la actividad generada, de acuerdo al régimen general.
  3. Si pertenece al regimen RIMPE Negocio Popular, continuará perteneciendo al régimen, pero debe realizar declaración semestral de IVA.

Los contribuyentes sujetos al regimen RIMPE Negocio Popular, en ningún caso actuarán como agentes de retención. Los contribuyentes sujetos al regimen RIMPE Emprendedores, NO son agentes de retención del Impuesto a la Renta o del IVA, excepto en los casos en los que el SRI así lo disponga mediante la respectiva calificación; y en los casos previstos en la ley.

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Nota: El código 351 que se utilizaba para retenciones a microempresas quedo sin uso. Si deseas conocer a detalle que es el régimen RIMPE, te invitamos a que visites nuestro artículo sobre este tema, aquí Si te enteraste que esta año ya debes implementar facturación electrónica puedes solicitar ayuda justo AQUÍ Recuerda que implementar Facturación electrónica es muy sencillo y te guiamos en todo el proceso de implementación.

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¿Cómo se calcula el regimen general?

En el Régimen General se realizan pagos mensuales del impuesto a la renta, estos se consideran a cuenta del impuesto anual que te corresponde pagar. El coeficiente resultante se redondea considerando 4 decimales. El coeficiente resultante se redondea considerando 4 decimales.

¿Cómo saber si soy persona física o asalariado?

Si obtuviste ingresos mayores a 400,000 pesos en el año. Si trabajaste para dos o más patrones en el mismo año, aún cuando no hayas rebasado los 400,000 pesos.

¿Qué pasa si tengo dos regimenes fiscales?

¿Eres asalariado y quieres hacer freelance? Date de alta en el SAT Por Dainzú Patiño julio 28, 2016 | 10:39 am hrs

Si eres empleado por salarios, pero estás buscando la forma de incrementar tus ingresos, ofrecer servicios profesionales por tu cuenta o ser freelance, es una opción viable, pero deberás darte de alta en el Servicio de Administración Tributaria (SAT).Con la inscripción al SAT te será posible expedir facturas o Comprobantes Fiscales Digitales (CFDIs) para poder cobrar por tus servicios. El trámite no es difícil, pero si no estás habituado a los papeleos y otros menesteres fiscales, es necesario que estés consciente de que deberás acudir de uno a dos días para poder concluir con todo el proceso.

El primer paso será sacar una cita en algún módulo del SAT para darte de alta como persona física con actividad profesional o empresarial. Hazlo a través del sistema de citas por Internet o por teléfono. Es recomendable que busques estas citas al inicio del mes, porque las citas de todo el mes se saturan rápidamente, explicó Rocío Jiménez, asistente en línea del SAT.

Si tienes urgencia por hacer el trámite puedes acudir al módulo más cercano antes de las 8:30 de la mañana (antes de que comiencen a brindar la atención). Sin embargo, considera que bajo esta opción puedes tardar más tiempo, a diferencia de si vas con cita.1.Para presentar tu declaración anual debes dar aviso a la empresa o institución para la cual trabajas por el régimen de salarios.2.Si no cuentas con una cita, acude antes de las 8:30 am a los módulos del SAT.

Pero sólo para la ampliación de obligaciones, para la firma electrónica sí debes sacar cita.3.Saca tu cita a inicio de mes, regularmente las citas para el mes se saturan rápidamente. Debes llevar tu RFC, comprobante de domicilio (por servicios como agua, luz, teléfono) y una identificación personal (INE o pasaporte).Una vez que acudas al módulo, tú mismo podrás hacer el trámite de la ampliación de tus obligaciones, asesorado por personal del SAT en una sala de computadoras con acceso a un sistema más amplio al que no puedes acceder fuera de las oficinas.Ten mucho cuidado.

  • Debes darte de alta como persona física, pero debes conservarte también en el régimen de asalariados.
  • Luego de darte de alta, aprovecha para sacar otra cita o saca dos (la primera para la ampliación de trámites y la segunda para la firma electrónica) desde el principio para que trámites tu firma electrónica, porque sin ésta no vas a poder emitir CFDIs, detalla información del SAT.También toma en cuenta que el trámite para la firma electrónica es personal y no se puede hacer por Internet.Posteriormente, considera que si no presentabas declaración anual por tu cuenta por ser asalariado, a partir de que amplíes tus regímenes debes de cumplir con ésta cada año, aún y cuando no rebases los 300 mil pesos de ingresos al año.Considera que luego de estar en dos regímenes debes cumplir con declaraciones mensuales del Impuesto Sobre la Renta y del IVA.Obligaciones fiscales.
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Si decides emprender dos actividades en dos regímenes fiscales distintos tendrás que hacer la declaración anual así como las mensuales por concepto de ISR e IVA. Evita multas y recargos. : ¿Eres asalariado y quieres hacer freelance? Date de alta en el SAT